SEGURIDAD
NOTA INFORMATIVA Nº1
CONTRATO DE SEGURIDAD
En la Junta Extraordinaria celebrada el 28 de febrero de 2026, se preguntó al Sr. Presidente cuándo se procedería a consultar a los socios sobre la renovación del contrato de seguridad (y la empresa elegida), dado que ésta es una de las principales preocupaciones que tenemos. El contrato actual vence en diciembre 2026 y la respuesta, por su parte, fue que la decisión la tomaría la actual Junta de Gobierno en octubre 2026. Uno de nuestros socios preguntó al Presidente, sobre la información que se nos debe proporcionar de forma previa y de nuestra participación en tan importante decisión. La respuesta de nuestro Presidente fue negativa y concluyente, afirmando que la Junta de Gobierno contaba con las competencias necesarias para adoptar tal decisión en base a los Estatutos, sin necesidad de consultar a los socios.
Ante tal respuesta, desde este grupo que hemos organizado, MOVIMIENTO VECINAL, nos pusimos manos a la obra para analizar jurídicamente tal imposición sin la previa consulta, participación y votación de las personas residentes en la urbanización.
Nuestra opinión jurídica, interpretando los Estatutos de la Sociedad Civil, es que resultan de aplicación los artículos 31 e) y 26. Mientras el artículo 31 otorga determinadas competencias a la Junta de Gobierno, el 26 es el verdadero “ancla de control” del sistema que tenemos como socios a través de las Juntas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias. Este último artículo, el 26, convierte al 31 en un poder delegado, no soberano, conforme pretende nuestro Presidente.
Por tanto, siendo que el contrato de seguridad conlleva una inversión relevante, más de 2,5 millones de euros en 4 años, y por tanto, afecta al modelo de urbanización y que viene a determinar la asunción de compromisos económicos estructurales con repercusión para los socios, la Junta de Gobierno no puede redefinir el marco, asumir inversiones estructurales o alterar el modelo de servicios.
Tras realizar este análisis, decidimos remitir un burofax a la Junta de Gobierno, con el siguiente contenido textual:
“Nos dirigimos a la Junta de Gobierno para solicitar que la citada Junta ejerza sus funciones con pleno respeto a las competencias de la Junta General, absteniéndose de adoptar decisiones (como la renovación del contrato de seguridad) que afecten sustancialmente a los servicios, inversiones o régimen económico de la urbanización, sin previa consulta o sometimiento a la misma. Insistimos, que con el fin de preservar la validez de las decisiones que se adopten y evitar eventuales contingencias y/o responsabilidades, esta importantísima decisión deberá contar con la previa aprobación de la Junta General".
Igualmente trasladamos que, con independencia del encaje jurídico anterior, igualmente razones de transparencia, confianza, buen gobierno y responsabilidad institucional hacían recomendable un enfoque más participativo de todos nuestros socios y que esta importante decisión sea conocida, debatida y votada por el conjunto de los socios. Así lo pusimos de manifiesto bastantes socios en dicha Junta General Extraordinaria del pasado 28 de febrero.
Por ello, el envío del burofax tiene como finalidad garantizar el ejercicio de los derechos de los socios y el mecanismo de control que los Estatutos atribuyen a la Junta General de Socios.
Lo mismo se ha solicitado, respecto al Club Social, puesto que el contrato también afecta al mismo.
Esta plataforma, que hemos denominado MOVIMIENTO VECINAL, nace precisamente para que nuestros derechos como socios se respeten y para que las decisiones que nos afecten a todos se adopten con la debida transparencia y participación.
Este es nuestro principal objetivo por el que vamos a seguir luchando.
EQUIPO JURIDICO MOVEU
Fecha de publicación 08.03.2026


